La baja laboral se refiere a la situación en la que un trabajador se encuentra temporalmente incapacitado para trabajar debido a una enfermedad o lesión y, por lo tanto, se ve obligado a ausentarse del trabajo. Durante este período, el trabajador puede tener derecho a recibir una compensación económica por parte de la Seguridad Social o de su empleador, dependiendo de la causa de la baja y la duración de esta. En cualquiera de los casos, la baja laboral debe ser emitida por un médico y debe ser comunicada tanto al empleador como a la Seguridad Social.
Requisitos del derecho a la baja laboral
En España, para poder solicitar una baja laboral por motivos de salud, es necesario cumplir los siguientes requisitos:
- Estar afiliado y en situación de alta en la Seguridad Social.
- Haber cotizado un mínimo de días, dependiendo de la contingencia que origina la baja (enfermedad común, accidente laboral, etc.).
- Tener una enfermedad o lesión que le impida hacer su trabajo.
- Acudir a un médico de atención primaria o especialista, quien deberá evaluar la situación y emitir el correspondiente parte de baja laboral.
Es importante tener en cuenta que el tiempo de duración de la baja laboral y la compensación económica a recibir dependerán de la causa de la baja, su duración y otros factores que determinará la Seguridad Social o la mutua de accidentes correspondiente.
Tipos de bajas laborales
En España, existen varios tipos de bajas laborales según la causa que las origina y las condiciones que se aplican a cada una de ellas:
- Baja por enfermedad común: se otorga cuando el trabajador está enfermo y no puede trabajar. En este caso, el trabajador tiene derecho a recibir una prestación económica del 60 % de la base reguladora a partir del cuarto día de baja.
- Baja por accidente laboral: se otorga cuando el trabajador sufre un accidente relacionado con su trabajo. En este caso, el trabajador tiene derecho a recibir una prestación económica del 75 % de la base reguladora desde el primer día de baja.
- Baja por enfermedad profesional: se otorga cuando el trabajador tiene una enfermedad relacionada con su trabajo. En este caso, el trabajador tiene derecho a recibir una prestación económica del 75 % de la base reguladora desde el primer día de baja.
- Baja por riesgo durante el embarazo: se otorga cuando la trabajadora está embarazada y se encuentra en una situación de riesgo para su salud o la del feto. En este caso, la trabajadora tiene derecho a recibir una prestación económica del 100 % de la base reguladora desde el primer día de baja.
Es importante tener en cuenta que cada tipo de baja laboral puede estar sujeto a diferentes requisitos y condiciones, y que la duración y cuantía de la prestación económica puede variar en función de la situación específica de cada trabajador.
¿Quién abona las cuantías de las bajas laborales?
La baja laboral se empieza a abonar a partir del cuarto día desde que el empleado presentó la baja a su empresa o mutua. Es decir, los primeros tres días de la baja serán asumidos por el propio trabajador. Sin embargo, a partir de esta fecha, la cuantía a percibir y el pagador varían:
- Del 4º al 15º día: la empresa será la que abone la cuantía de la baja durante estos días y el empleado percibirá el 60 % de su base reguladora.
- Del 15º al 21º día: el empleado seguirá percibiendo el 60 % de su base reguladora. Pero, en este caso, será la Seguridad Social o la Mutua de Accidentes de la empresa la que abone la prestación.
- A partir del 21º día: a partir de esta fecha, la cuantía que percibe el empleado aumenta hasta el 75 % de su base reguladora y seguirá siendo la Seguridad Social, o la Mutua, la que abone dicha cuantía.
Como se ha visto anteriormente, hay ciertos tipos de bajas en los que el empleado puede llegar a percibir el 100 % de su base reguladora. En todo caso, este deberá informarse de ello en la Seguridad Social o en la Mutua de su empresa.
¿Cómo se debe solicitar la baja laboral?
En caso de baja por enfermedad común, el empleado deberá acudir a su médico de cabecera para que este emita el certificado de baja. Para que este certificado sea válido, el médico de cabecera deberá especificar el motivo de la baja laboral, la fecha de inicio, así como la duración prevista de esta. Este certificado debe ser remitido a la empresa o a la Mutua de Accidentes para que puedan abrir el proceso y realizar el pago. Para ello, el empleado dispone de tres días. Además, también deberá ir presentando todos los partes de confirmación de la baja.
Cuando la baja tiene su origen en un accidente, o enfermedad, laboral, el trabajador deberá acudir a la Mutua de su empresa para ser valorado. En este caso, será el médico de la Mutua el que inicie el trámite con el correspondiente certificado. Así mismo, será este médico el que se encargará de las posteriores revisiones, así como de los correspondientes partes.
Cabe recordar que, en cualquiera de los casos, que las visitas de seguimiento son obligatorias, así como también lo es presentar la documentación dentro de los plazos previstos. De lo contrario, el empleado perdería el derecho a cualquier subsidio.
La baja laboral es un derecho de los empleados, la cual permite que estos reciban un subsidio durante los días en los que no puedan llevar a cabo sus tareas por enfermedad. La cantidad del subsidio y el pagador de este dependerán del motivo que origine dicha situación.