Son muchos los motivos cotidianos que pueden llevarnos a pensar en pedir un día de asuntos propios y, pese a que parece que todos los empleados tienen derecho a él, la ley solo establece este derecho en algunos casos.
¿Qué es el día de asuntos propios?
Se entiende por día de asunto personal aquel día que un empleado puede pedir libre sin necesidad de justificación y sin que se le descuente importe alguno de la nómina. Sin embargo, no todos los empleados tienen opción a día de asuntos personales, por lo que resulta imprescindible consultar el convenio colectivo en el que se incluye la empresa para conocer este derecho.
¿Dónde se reconoce el derecho a disponer de un día de asuntos propios?
El convenio colectivo mediante el cual se rige la empresa es donde se establece el derecho de los empleados de disfrutar de su día de asuntos propios. Del mismo modo, también se establece la cantidad de días de asuntos propios que deben concederse anualmente. El contrato laboral también puede incluir y especificar el derecho del empleado a disfrutar de estos días.
Si ninguno de estos documentos recoge estos días, entonces se entenderá que el empleado no tiene derecho a ellos. Así, en caso de necesitar algún día de asuntos personales, deberá pedirlo a la empresa y aportar la justificación necesaria.
¿Cuántos días de asuntos propios tengo?
Depende del convenio colectivo ya que no todos los empleados tienen derecho al día de asuntos propios. Así, la ley contempla que los únicos con este derecho, salvo los supuestos indicados anteriormente, son los empleados públicos. En este caso, estos disponen de 6 días anuales que pueden escogerse libremente, previa comunicación.
Casos en los que se pueden pedir un día de asuntos propios
Pese a que los empleados del sector público no tienen derecho a días de asuntos propios, a no ser que estén contemplados en el convenio o en el contrato, sí hay ciertos casos en los que las empresas están obligadas a ofrecer estos días. De acuerdo con el Estatuto de los Trabajadores, la empresa está obligada a dar días personales en los siguientes casos:
- Permiso por matrimonio: en este caso, la empresa debe conceder 15 días libres a los empleados que lo soliciten.
- Nacimiento o fallecimiento de un hijo: en este caso, la empresa debe ofrecer 2 días de asuntos personales.
- Accidente o enfermedad grave de parientes hasta segundo grado: también se incluye, en este supuesto, la hospitalización, la intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera de reposo domiciliario. En este caso, también se deben ofrecer 2 días de asuntos personales. Además, estos días pueden llegar a 4 si el empleado requiere desplazarse.
- Traslado de domicilio habitual: en caso de mudanzas, los empleados podrán disfrutar de 1 día.
En cualquiera de los casos, la justificación es necesaria para evitar que la empresa pueda descontar estos días de la nómina. Así, será necesario presentar los certificados emitidos a tales efectos, así como aquellos documentos médicos que justifiquen los supuestos de cuidado, hospitalización, etc. Por último, el padrón será necesario para justificar el desplazamiento de los empleados por dichos cuidados de los parientes de hasta segundo grado.
Notificación del día de asuntos propios
Se tenga derecho por ley, o no, cualquier empleado que necesite días de asuntos personales deberá notificarlo a la empresa con días de antelación. Al no ser un derecho regulado como tal en el Estatuto de los Trabajadores, las formas de notificación serán aquellas que estén especificadas en el convenio colectivo o el que se haya pactado entre empresa y empleado. En el caso de no establecerse dicho plazo, lo general es un preaviso, siempre que sea posible, de 15 días.
Además, es recomendable que esta notificación se remita por escrito al departamento de Recursos Humanos de la empresa o administración en caso de no disponer del primero. Cualquier ausencia no notificada y justificada podrá tener como consecuencia la minoración del sueldo, así como una posible sanción al empleado por parte de la empresa.
Así mismo, pasados 3 días sin que el empleado asista a su puesto de trabajo sin justificación alguna, la empresa tendrá derecho a rescindir el contrato sin necesidad de plazo y sin que esta pueda ser catalogado como despido improcedente.
El derecho al disfrute de día de asuntos personales viene determinado por la naturaleza del puesto de trabajo, público o privado, así como de la especiación de este dentro de los convenios colectivos. Sin embargo, hay ciertos supuestos en los que la empresa siempre estará obligada a aceptar ciertos días de asuntos personales si hay la justificación adecuada.